Nuevo Documento Electrónico de Control Administrativo (DeCa) en el transporte de mercancías por carretera

La Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible elimina, sin prórroga ni periodo de tolerancia, el documento de control administrativo en papel: a partir de esa fecha solo será válido en PDF con código QR y descarga directa

Queda menos de un mes para una obligación legal que afecta a cualquier empresa que transporte mercancías por carretera dentro del territorio nacional. La Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, en vigor desde diciembre de 2025, fija el 5 de octubre de 2026 como fecha límite —sin prórroga ni periodo de tolerancia previstos— a partir de la cual el documento de control administrativo en papel deja de ser válido en el transporte público de mercancías por carretera.

Qué es el DeCa y qué cambia realmente

El Documento electrónico de Control Administrativo (DeCa) es el mismo control administrativo que hasta ahora acompañaba a las mercancías en tránsito nacional: su contenido no cambia. Lo que cambia es el soporte, que pasa a ser exclusivamente electrónico. Desde el 5 de octubre, portar únicamente la versión en papel ya no será suficiente para cumplir con la normativa.

Requisitos técnicos del nuevo documento

El DeCa digital debe cumplir tres condiciones:

  • PDF nativo (no una foto o escaneo del documento en papel).
  • Código QR incrustado en el propio archivo.
  • URL HTTPS de descarga directa, accesible sin necesidad de credenciales.

¿Quién debe emitirlo?

La norma no atribuye la emisión del DeCa a ninguna parte concreta de la cadena de transporte: puede generarlo el cargador, el transportista o un tercero. Lo determinante es que el documento esté disponible y sea correcto antes del inicio del transporte. Delegar su emisión en otra parte de la cadena no exime de responsabilidad: el acuerdo de delegación debe pactarse por escrito y conservarse como evidencia documental.

Sin margen: 5 de octubre de 2026

A diferencia de otras normativas con periodos transitorios, la Ley 9/2025 no contempla ninguna fase de tolerancia posterior a esa fecha. Toda empresa que realice transporte público de mercancías por carretera en España debería tener resuelto el circuito de emisión del DeCa digital —propio, delegado o de terceros— antes de esa fecha.

Toda la información oficial sobre esta normativa está disponible en la web del Ministerio de Transportes:

Documento electrónico de Control Administrativo (DeCa) — Ministerio de Transportes


Si tu empresa distribuye producto propio o depende de transportistas y cargadores para mover mercancía por carretera, esta fecha te afecta directamente, generes tú el DeCa o lo delegues. Desde ASINCAR seguimos de cerca la normativa que impacta a la actividad de nuestras empresas asociadas: si tienes dudas sobre cómo te afecta este cambio, contacta con nosotros.


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